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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370103
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1070
EMPLEADOS AL SERVICIO DE PODERES LOCALES, SUS RELACIONES CON DICHOS TITULARES, TIENEN CARACTER ADMINISTRATIVO Y NO DE TRABAJO, CUANDO NO ESTAN NORMADAS POR UNA LEY DEL SERVICIO CIVIL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1070
Dispone el artículo 2o. de la Ley Federal del Trabajo que: "las relaciones entre el Estado y sus servidores se regirán por las leyes del servicio civil que se expidan", y con posterioridad a la fecha en que entró en vigor el citado ordenamiento, fue expedido el Estatuto para los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión, de cuyos artículos 1o. y 3o. se desprende que únicamente es aplicable respecto de los empleados federales y de los del Distrito y Territorios Federales. En consecuencia, las relaciones entre las autoridades de los Estados de la República y sus servidores, cuando no existe una ley del servicio civil que las norme, tienen el carácter netamente administrativo y no de trabajo.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 4698/47. Reza Morales María Teresa. 8 de noviembre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.