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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370116
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1448
DESISTIMIENTO DE LA ACCION ANTE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1448
Cuando el procedimiento laboral se encuentra en el periodo de desahogo de pruebas, la parte actora debe promover, a fin de que se lleve a cabo tal desahogo de pruebas, antes de que venza el término de tres meses a que se refiere el artículo 479 de la Ley Federal del Trabajo, pues de lo contrario, se le tendrá por desistida de su acción.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 6913/47. Petróleos Mexicanos. 19 de noviembre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.