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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370121
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1501
ACTO RECLAMADO DECLARADO CIERTO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1501
Cuando en la audiencia de un juicio de amparo, el Juez de Distrito declara "que el acto reclamado es cierto", sólo quiere decir que es cierta su existencia, es decir, que la autoridad ordenó o ejecutó el acto, o que el proveído que motiva el amparo, fue dictado por la responsable; pero en ninguna forma que los conceptos de violación son fundados, o que el acto reclamado, es inconstitucional.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 4994/48. Alcérreca Olivier Emanuel y coagraviados. 22 de noviembre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.