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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370123
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1514
AMPARO SIN MOTIVO, MULTA ILEGAL POR HABERSE INTERPUESTO EL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1514
Debe revocarse la multa impuesta por el Juez de Distrito a la quejosa y a su abogado patrono, con motivo del sobreseimiento dictado por dicho inferior en el amparo en que se reclama el acuerdo de la Junta responsable, que tuvo por confesa a la parte quejosa, de las posiciones que no estén en contraposición con las actuaciones que integran el expediente; porque no aparece que el juicio de garantías se haya interpuesto sólo con el fin de demorar y entorpecer, de mala fe, la ejecución del acto reclamado en los términos que lo dispone el artículo 81 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 5192/47. Ulloa Jácome Esperanza. 20 de agosto de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.