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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370149
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1804
MUERTE DEL TRABAJADOR, BASE PARA CALCULAR LA INDEMNIZACION, CUANDO EL SALARIO ES POR UNIDAD DE OBRA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1804
El artículo 293 de la Ley Federal del Trabajo, jurídicamente debe interpretarse en el sentido de que la base para calcular las indemnizaciones por accidente de trabajo, cuando se trata de trabajadores cuyo salario se calcula por unidad de obra, debe obtenerse dividiendo lo que el obrero hubiere ganado en el mes anterior al accidente, por el número de días que hubiere trabajado, tomando esa suma como unidad para fijar la indemnización, por ser la que corresponde a la cantidad que resulta como promedio diario en el último mes anterior al riesgo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3461/48. Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México. 1o. de diciembre de 1948. Mayoría de tres votos. Relator: Hermilo López Sánchez.