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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370216
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 435
PERSONALIDAD EN EL AMPARO EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 435
Es infundado el alegato en el sentido de que el artículo 13 de la Ley de Amparo, faculta a los Jueces de Distrito para que cuando alguno de los interesados tenga reconocida su personalidad ante la autoridad responsable, le sea admitida en el juicio de amparo para todos los efectos legales; porque los Jueces de Distrito para poder hacer uso de la facultad que les concede dicho artículo 13, necesitan cerciorarse de que el recurrente tiene acreditada en el juicio de trabajo, origen del amparo, la personalidad jurídica con que lo promuevan.
Precedentes
Tomo XCVII, página 3088. Indice Alfabético. Amparo en revisión 1304/47. The Fresnillo Company. 14 de julio de 1948. Mayoría de tres votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Disidente: Mariano Ramírez Vázquez. Relator: Roque Estrada.
Tomo XCVII, página 3088. Indice Alfabético. Amparo en revisión 1272/47. The Fresnillo Company. 14 de julio de 1948. Mayoría de tres votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Disidente: Mariano Ramírez Vázquez. Relator: Roque Estrada.
Tomo XCVII, página 435. Amparo en materia de trabajo. Revisión del auto que tuvo por no interpuesta la demanda 1270/47. The Fresnillo Company. 14 de julio de 1948. Mayoría de tres votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Disidente: Mariano Ramírez Vázquez. Relator: Roque Estrada.