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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370221
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 501
COMISIONES MIXTAS DE ESCALAFON PARA ASCENSOS DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 501
Conforme al segundo párrafo del inciso e), de la fracción I, del artículo 41 del Estatuto para los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión, la Comisión Mixta de Escalafón, de cada entidad burocrática, es la capacitada para determinar qué empleados son los aptos para ascender, por haber comprobado su mejor derecho, esto es, es el propio estatuto quien le da facultades a dicha comisión, para hacer las proposiciones consiguientes a los titulares del ramo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9668/46. Salazar Luis. 16 de julio de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Relator : Luis G. Corona.