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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370222
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 500
PROCEDIMIENTO ANTE EL TRIBUNAL DE ARBITRAJE, EXCEPCIONES EN EL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 500
No es suficiente invocar una disposición legal en calidad de defensa, sino que es preciso que la persona que hace la cita, concrete el hecho para después apoyarlo en el derecho. Por tanto, el Tribunal de Arbitraje no estuvo en la posibilidad legal de examinar el problema de incompetencia planteado por el quejoso, porque éste, al contestar la reclamación, no opuso la excepción correlativa, y sólo se limitó a citar un decreto, afirmando que su contenido encierra cierta disposición.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9668/46. Salazar Luis. 16 de julio de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Relator: Luis G. Corona.