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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370238
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 575
PRUEBAS EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 575
La apreciación de pruebas y la forma de rendirlas en el juicio laboral, se encuentra prevista expresamente en la Ley Federal del Trabajo, lo que hace inaplicable el artículo 16 del mismo ordenamiento por no ser necesario acudir supletoriamente a la costumbre o al uso, a los principios derivados de dicha ley, a los del derecho común o a la equidad.
Precedentes
Amparo directo en materia del trabajo 1831/47. Camacho María Georgina y coagraviados. 19 de julio de 1948. Mayoría de tres votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Disidente: Roque Estrada.