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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370276
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1147
JURISPRUDENCIA DE LA SUPREMA CORTE, LAS JUNTAS DEBEN ACATAR LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1147
De acuerdo con el artículo 194 de la Ley de Amparo, las Juntas de Conciliación y Arbitraje están obligadas a acatar la jurisprudencia de este Alto Tribunal; y como ya existe jurisprudencia en el sentido de que las Juntas de Conciliación y Arbitraje tienen obligación de aplicar, de oficio, la sanción prevenida en el artículo 479 de la Ley Federal del Trabajo, cuando la parte actora no promueva en el término de tres meses, siempre que su promoción sea necesaria para la confirmación del procedimiento, y el grupo responsable no la observó en el caso, procede se le llame la atención sobre la obligación que tiene de acatar la jurisprudencia de esta Suprema Corte de Justicia.
Precedentes
Tomo XCVII, página 3006. Indice Alfabético. Amparo en revisión 3628/47. The Fresnillo Company. 20 de septiembre de 1948. Mayoría de tres votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Disidente: Luis G. Corona. Ponente: Emilio Pardo Aspe.
Tomo XCVII, página 3006. Indice Alfabético. Amparo 3240/47. The Fresnillo Company. 20 de septiembre de 1948. Mayoría de tres votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Disidente: Luis G. Corona. Ponente: Emilio Pardo Aspe.
Tomo XCVII, página 3006. Indice Alfabético. Amparo 2533/48. Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México. 2 de septiembre de 1948. Mayoría de tres votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Disidente: Luis G. Corona. Ponente: Emilio Pardo Aspe.
Tomo XCVII, página 1147. Amparo en revisión en materia de trabajo 8053/47. Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México. 9 de agosto de 1948. Mayoría de tres votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Disidente: Luis G. Corona. Relator: Hermilo López Sánchez.