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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370279
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1217
DIRECTORES DE INSTRUCCION SECUNDARIA NO SON FUNCIONARIOS PUBLICOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1217
Los directores de los planteles no son funcionarios públicos que tengan facultades para levantar actas , y sólo podrán hacer fe de los certificados que expidan , cuando se refieran a constancias sacadas de sus archivos. Por tanto, el acta levantada por la directora de una escuela secundaria y un jefe de clase de una materia, en la que se asientan imputaciones en contra del trabajador demandado, profesor "A" de enseñanza secundaria de civismo , no es un documento público en términos del artículo 129 del Código Federal de Procedimientos Civiles; pues las funciones de cualquiera directora de escuela, como de los jefes de clase, son exclusivamente técnico pedagógicos, y por ende, no están en el ejercicio de las funciones que específicamente les corresponde, las de hacer investigaciones y levantar actas.
Precedentes
Amparo en materia de trabajo 8648/47. Secretaría de Educación Pública. 11 de agosto de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.