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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370318
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1746
CONTRATO DE TRABAJO ENTRE FAMILIARES, CUANDO NO EXISTE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1746
La existencia de relaciones familiares entre quien recibe un servicio y quien lo presta, no excluye la posibilidad de un contrato de trabajo entre ellos. Por tanto, si en el caso, la parte demandada negó la existencia de un nexo contractual con la parte actora, su nieto, es claro que éste estaba obligado a acreditar en el juicio laboral, todos y cada uno de los elementos integrantes del contrato de trabajo, como en cualquier caso ordinario, independientemente de que exista, o no, algún parentesco entre el patrón y el obrero.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5859/47. Lozada Marciano. 27 de agosto de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.