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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370347
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2325
DAÑOS Y PERJUICIOS, ACCION DE, EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2325
Si el actor, que fue dado de baja de la Unión Mexicana de Matadores de Toros y Novillos, al solicitar la restitución de sus derechos sindicales como socio activo, se limitó a demandar daños y perjuicios, sin precisar la base fundamental de ellos, debe decirse que en tales condiciones, la unión demandada no podía defenderse oponiendo excepciones por ignorar las causas de las que el reclamante hacía provenir los daños y perjuicios reclamados; y como la Junta responsable condenó a la susodicha unión demandada, a pagar los daños y perjuicios que se le ocasionaron al actor, como consecuencia de la ilegal expulsión decretada, debe concederse el amparo a la propia unión, por lo que se refiere a dicha condena de pago de daños y perjuicios, ya que el actor debió por lo menos, exponer porqué su exclusión le ocasiona disminución en su patrimonio o lo privó de obtener un lucro lícito.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8784/48. Unión de Matadores de Toros y Novillos. 22 de septiembre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.