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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370363
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 123
HORAS DE TRABAJO, PUEDEN CAMBIARSE, PERO DE ACUERDO CON LOS TRABAJADORES.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 123
Es inexacto que la Junta responsable hubiera introducido un nuevo elemento en el laudo, que no fue materia de la litis, pues si lo que se demandó, entre otras prestaciones, es la observancia y aplicación de las normas consuetudinarias que han venido rigiendo en la distribución diaria de la jornada de trabajo, basándose para ello en las disposiciones contractuales existentes, relativas a que la institución no podía cambiar su horario, sino de acuerdo con sus trabajadores, al declararse probada la acción a este respecto, no puede decirse que se hubiera introducido un elemento nuevo en la controversia, no existiendo por tanta violación del artículo 551 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9589/45. Petróleos Mexicanos. 5 de abril de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mariano Ramírez Vázquez. La publicación no menciona el nombre del ponente.