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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370371
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 148
JUNTAS, ERROR DE LAS, EN LA DESIGNACION DE LAS PRUEBAS ESPECIFICADAS EN SUS LAUDOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 148
El error que cometen las Juntas de Conciliación y Arbitraje al designar las pruebas aportadas por las partes bajo ciertos números que no les corresponden, e igualmente al señalar las fojas en que se hallan glosados ciertos documentos, que no son las debidas, en ningún modo implica un daño en perjuicio de los interesados, si esas propias autoridades se refieren concretamente al contenido de esas pruebas, identificándolas debidamente y dándoles, por consiguiente, el valor probatorio que a su juicio tengan.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 746/47. Alva Reyes Gaspar. 5 de abril de 1948. Mayoría de tres votos. Disidente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.