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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370378
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 453
INDEMNIZACION, EN LUGAR DE REINSTALACION DEL TRABAJADOR.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 453
Si la parte patronal negó la existencia del vínculo contractual de trabajo con la parte actora, evidentemente que ello negó la reinstalación de esta última, y si la responsable consideró y acordó existencia del contrato de trabajo, lógicamente resolvió condenando al pago de la indemnización constitucional; es claro que lo procedente era condenar al pago de la indemnización en la forma en que se hizo en el laudo reclamado.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8769/45. Ballesteros Gabino. 17 de octubre de 1947. Mayoría de tres votos. Ausente: Roque Estrada. Disidente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.