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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370397
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 648
NOTIFICACIONES POR LISTA, DEL DESISTIMIENTO DE LA ACCION, POR FALTA DE PROMOCION EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 648
Si el recurrente reconoció que el acuerdo que aplicó el artículo 479 de la Ley Federal del Trabajo, le fue notificado por lista y que con ello se cumplió con la ley de la materia, pero agrega que por sus ocupaciones le fue imposible darse cuenta oportunamente de esa notificación por lista; es claro que tal circunstancia no autoriza para que en el amparo se tenga por insubsistente la susodicha notificación, ni menos aún para que, por el mismo motivo, se tenga por no precluído el acuerdo que tuvo a los actores por desistidos de sus acciones.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 5647/47. "Salinas de México", S. A. 22 de abril de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.