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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370402
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 835
COMPETENCIA DE LAS JUNTAS MUNICIPALES DE CONCILIACION PARA CONOCER DE LA CONTRATACION COLECTIVA TRATANDOSE DE FUNCIONES EXTRAÑAS AL CINEMATOGRAFO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 835
Si se demanda de una empresa cinematográfica de exhibición, la contratación colectiva para funciones extrañas al cinematógrafo, es competente para conocer del asunto una Junta Municipal de Conciliación, porque aquella actividad no queda comprendida en las excepciones que establece la fracción XXXI del artículo 123 de la Constitución Federal, a la regla general, de que son las Juntas de Conciliación y Arbitraje de los Estados las competentes para conocer de los conflictos de trabajo.
Precedentes
Competencia 34/45, suscitada entre la Junta Federal de Conciliación Número Diez y la Junta Municipal Permanente de Conciliación, ambas en Tampico, Tamaulipas. 27 de abril de 1948. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.