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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370439
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1441
EMPLAZAMIENTO AL BANCO NACIONAL DE CREDITO EJIDAL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1441
Cuando se demanda al Banco Nacional de Crédito Ejidal, y no a su agencia local; pero se emplaza a ésta, tal emplazamiento es incorrecto, ya que conforme a la Ley de Crédito Agrícola, el domicilio social del banco aludido se halla en esta capital, y en tales condiciones, es de concluirse que legalmente no se le citó a juicio y que la primera notificación no se ajustó a lo dispuesto por el artículo 444 de la Ley Federal del Trabajo; pues no basta ser agente o factor comercial de una empresa, para que se tenga por cierto que esa agencia o factor comercial, representa con poder bastante a su principal, sino que se requiere demostrar por los medios legales de prueba, que ha constituido a tales personas, como sus apoderados, el comerciante o institución que les haya confiado alguna agencia o sucursal, toda vez que si bien las operaciones que ejecutan esas agencias son de carácter mercantil y pueden concertarlas obligando a su principal, no por ello podría sostenerse que obrando así lo hacen en calidad de mandatarios judiciales. Por tanto, al haberse hecho en el caso, la primera notificación al agente local, sin que se acreditara que tenía poder para representar al banco, debe decirse que el mismo no fue llamado a juicio y que se violaron en su perjuicio, garantías individuales.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 8535/47. Banco Nacional de Crédito Ejidal, S. A. 5 de junio de 1948. Mayoría de tres votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Disidente: Roque Estrada. Relator: Mariano Ramírez Vázquez.