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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370450
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1692
PATRON, SIMULACION DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1692
Si el trabajador demandó el pago de horas extras y séptimos días, y la Junta estimó probada la defensa del demandado, de falta de acción del actor, porque la negociación se encontraba registrada precisamente a nombre del actor; debe decirse que la Junta procedió correctamente, pues pudiera ser cierto que el haberse puesto el negocio a nombre del actor, haya sido una simulación, pero si así fuera, ésta no pudo verificarse sin su consentimiento, o al menos sin su conocimiento, y si esto fue así, al actor le correspondió probar la existencia de tal simulación, para que no redundara ésta en su perjuicio dentro de la acción laboral; pero como no demostró tal cosa, sufre con el laudo absolutorio, las consecuencias de la aludida simulación que pretende existe.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5602/46. Reyes García J. 14 de junio de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Relator: Hermilo López Sánchez.