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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370467
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1951
CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO, INTERPRETACION DE CLAUSULAS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1951
Si al contestarse la demanda, la empresa sostuvo la no aplicación de un artículo del contrato colectivo de trabajo, ofreciendo para ello ciertas pruebas, es claro que la Junta debió resolver el problema de interpretación, de acuerdo con las pretensiones de dicha parte demandada, tomando en consideración las pruebas que aportó, pues en vista de la redacción de dicho artículo, no pudo resolver simplemente diciendo que "tiene los caracteres de mandato, de imperativo y por consiguiente su obligación es forzosa e ineludible".
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 958/47. Ingenio "El Molino", S. A. 21 de junio de 1948. Mayoría de tres votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Disidente: Roque Estrada. Relator: Mariano Ramírez Vázquez