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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370468
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1960
INDEMNIZACION POR DESPIDO INJUSTIFICADO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1960
Aun cuando no sea cierto que si un obrero demanda por despido injustificado, tenga a su cargo la obligación procesal de demostrar la existencia del despido ni el motivo del mismo, si en la audiencia de demanda y excepciones el patrón en su defensa, niega haber separado a dicho trabajador y expone que estuvo y está esperando su regreso a su empleo, y también niega al trabajador la acción que intentaba de tres meses de salario y después rinde la prueba testimonial con la que demuestra que los hechos así ocurrieron, es claro que la Junta debe tener por probada la defensa y no condenar al pago de indemnización por separación injustificada.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3766/47. Alvarez G. Froylán. 21 de junio de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.