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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370478
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 2107
CONCEPTOS DE VIOLACION.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 2107
Son infundados los conceptos de violación que se expresan en la demanda de amparo directo, cuando en ellos sólo se hace un informe general de que la Junta, en una forma indebida, desconoce y les niega valor probatorio a las pruebas ofrecidas en el conflicto, sin que se diga cuáles fueron esas pruebas, y haciéndose relación únicamente de una de ellas, en el caso, la testimonial, consistente en las declaraciones de dos personas; declaraciones que sí se estudiaron en el laudo reclamado.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6189/47. Tafolla Cándido. 25 de junio de 1948. Mayoría de tres votos. Disidente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.