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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370516
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 254
LAUDOS CONSENTIDOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 254
Si estando pendiente de resolución el amparo interpuesto por la empresa quejosa, ésta cumplió en sus términos el laudo reclamado, lo consintió expresamente, por lo que en cumplimiento, de la fracción XI del artículo 73 y de la fracción III del artículo 74 de la Ley de Amparo, debe sobreseerse en el juicio de garantías.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2125/47. Petróleos Mexicanos. 12 de enero de 1948. Mayoría de tres votos. Disidente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.