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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370526
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 325
NULIDAD DE ACTUACIONES DE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 325
La nulidad de actuaciones en un juicio laboral, únicamente puede decretarse con apoyo en lo dispuesto por el artículo 446 de la Ley Federal del Trabajo, o sea por falta o ilegalidad de alguna notificación; de lo que se deduce que no puede fundarse una solicitud de nulidad de actuaciones en que por causa de enfermedad el representante de la parte quejosa estuvo impedido para concurrir a las diligencias y en que se festinó la tramitación del juicio.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5173/47. Alcántara Lucio y coagraviados. 14 de enero de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.