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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370528
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 324
NULIDAD DE ACTUACIONES ANTE LAS JUNTAS, DESECHAMIENTO DE LAS SOLICITUDES DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 324
La circunstancia de que no se haya dado tramitación incidental a la promoción por la cual se solicitó la nulidad de actuaciones, no implica violación de garantías, porque el artículo 477 de la Ley Federal del Trabajo autoriza a las Juntas para decidir de plano las cuestiones incidentales que se susciten en los juicios laborales.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5173/47. Alcántara Lucio y coagraviados. 14 de enero de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.