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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370564
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 516
REDITOS LEGALES SOBRE CANTIDADES QUE ADEUDEN LOS PATRONES, POR FALTA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE TRABAJO, NO EXISTE OBLIGACION DE PAGARLOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 516
No es de tomarse en consideración lo alegado en el sentido de que la Junta responsable no condenó a la parte demandada, al pago de los réditos legales de las cantidades adeudadas, por falta de cumplimiento del contrato; porque ninguna alusión se hace en la demanda por cuanto a réditos causados por cantidades que, a decir del quejoso, la parte demandada retuviera indebidamente, y además, como no existe en la Ley Federal del Trabajo, disposición expresa que imponga la obligación de pagar réditos, es de concluirse que la reclamación de intereses no puede prosperar ante las autoridades del trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4127/46. Savel Ignacio. 17 de enero de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.