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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370572
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 524
HUELGA, CUANDO DEBE EMPEZAR A CONTARSE EL PERIODO DE PREHUELGA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 524
No puede aceptarse que el periodo de prehuelga debe contarse desde la fecha de presentación del pliego de peticiones a la autoridad del trabajo, por el temor de que éstas pudieran comunicar la existencia de la huelga para que el patrón despidiese a los huelguistas, porque no puede alegarse, en principio, la falta de probidad de las autoridades del trabajo, que tienen a su favor la presunción de ser hombres honestos, a no ser que demuestren lo contrario.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 10661/42. Gama Gonzalo. 17 de enero de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.