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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370586
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 708
RESCISION DE CONTRATOS DE TRABAJO, SUSPENDIDOS POR RESPONSABILIDAD DEL TRABAJADOR.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 708
Si bien es cierto que el patrón de acuerdo con el artículo 121 de la Ley Federal del Trabajo, puede dar por rescindido el contrato de trabajo, fundándose en las causas que el mismo artículo establece, también lo es que esta facultad del patrón no debe ser considerada ilimitada tanto en el tiempo como en el espacio, pues por lo que se refiere a tiempo, en aquellos casos en que el contrato de un trabajador, se encuentra suspendido por razón de la prisión preventiva de que es objeto, en un proceso que se le instruye en un juzgado penal, se interpone una institución que es de garantía para dicho trabajador, cual es la suspensión de los contratos de trabajo, que limita especial y temporalmente el derecho que, a su vez, concede la ley a los patrones en el sentido referido, ya que la situación contemplada por el legislador, al conceder la facultad de rescisión al patrón, naturalmente se refiere a un contrato de trabajo que está en plena ejecución; y si en virtud de circunstancias especiales, un contrato no está en ejecución, el patrono tiene derecho a rescindirlo, y si esto es así, es incuestionable que no corren términos prescriptorios, puesto que su facultad ha quedado en suspenso, precisamente por la circunstancia de estar a su vez en suspenso el contrato de trabajo, origen de derechos y obligaciones.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 806/45. "Publicaciones Herrerías", S.A. 26 de enero de 1948. Mayoría de tres votos. Disidente: Mariano Ramírez Vázquez. La publicación no menciona el nombre del ponente.