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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370593
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 763
DEMANDA EN EL JUICIO LABORAL, EFECTOS DE LA CONTESTACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 763
El efecto de la falta de contestación de la demanda, no es otro que el de tenerla por contestada en sentido afirmativo, salvo prueba en contrario conforme lo previene el artículo 517 de la Ley Federal del Trabajo; mas no el de tener por ciertas e incontrovertibles, las apreciaciones jurídicas del demandante, en los casos en que el demandado no comparece a contestar la reclamación en la audiencia de demanda y excepciones.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8578/45. Sindicato Mexicano de la Industria de Bonetería y coagraviado. 28 de enero de 1948. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Roque Estrada. Relator: Antonio Islas Bravo.