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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370608
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 944
TRABAJADORES DE PLANTA DE PETROLEOS MEXICANOS, QUIENES NO TIENEN EL CARACTER DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 944
Si de acuerdo con el contrato colectivo de trabajo, son trabajadores de planta aquellos que permanezcan en el servicio después de treinta días, en un trabajo de planta, ya sea, aquel que se ejecuta en forma normal y permanente para el mantenimiento o conservación de las instalaciones y para la realización de las actividades a que se dedique la administración, es claro que el actor no tuvo el carácter de trabajador de planta, porque fue contratado para obras sanitarias, y posteriormente, para la ampliación de una escuela artículo 123, y dada la naturaleza de estas labores, no puede considerarse que se relacionen con la industria petrolera, ni que tengan el carácter de permanentes, ya que por su naturaleza son transitorias.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3797/46. Petróleos Mexicanos. 4 de febrero de 1948. Mayoría de tres votos. Disidentes: Armando Z. Ostos y Mariano Ramírez Vázquez. La publicación no menciona el nombre del ponente.