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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370696
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1600
RADIODIFUSORAS, DESPIDO DE LOS LOCUTORES DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1600
Si la parte demandada, contrató al actor como cronista taurino para radiar un programa, diariamente durante diez minutos, estipulándose el tiempo de dos años, se dio orden al jefe de anunciadores de la radiodifusora para que, a partir de cierta fecha, dejara de pasarse la crónica de toros a cargo del actor, así como que en su lugar se pusiera un programa artístico; debe decirse que tal orden es de reputarse como despido del actor, sin necesidad de que se hubiese llevado a cabo materialmente, ya que mediante la misma, se le impidió que ejercitara el derecho que le daba su contrato, para radiar su programa, como cronista taurino; sin que sea de tomarse en consideración lo alegado en el sentido de que el documento en que se contiene la orden para que dejara de radiar el actor, no puede constituir la separación del mismo, sino solamente lo que en lenguaje radiofónico se llama "un corte de programa", lo que sucede diariamente por razones múltiples, si a este respecto no existe demostración alguna. Por tanto, la Junta responsable estuvo en lo justo al estimar a la susodicha orden para que el actor dejara de pasar la crónica de toros, como un cese.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8781/45. Compañía Manufacturera de Cigarros "El Buen Tono", S.A. y coagraviados. 3 de marzo de 1948. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.