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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370697
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1601
PRUEBA TESTIMONIAL NO PERFECCIONADA, VALOR PRESUNTIVO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1601
No debe decirse que una Junta dé valor de prueba testimonial a una constancia levantada ante un presidente municipal, que contiene la declaración de algunas personas; si de la simple lectura del considerando relativo, del laudo, se deduce que la Junta consideró esa prueba como una testimonial no perfeccionada, y por lo mismo, le dio tan sólo el valor de una presunción sobre el hecho que se trataba de probar; además de que la susodicha Junta no tuvo esa causa como motivo de rescisión del contrato de trabajo, sino una distinta.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9487/45. Compañía Minera Adeleón, S.A. 3 de marzo de 1948. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.