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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370699
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1605
DESISTIMIENTO DE LA ACCION ANTE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1605
Cuando en el procedimiento laboral no se hayan formulado los alegatos, debe mediar promoción de parte, ya sea para pedir el señalamiento de la audiencia, para solicitar la fijación de nueva fecha, si no se ha pedido que se verifique la misma, o para el desahogo de pruebas, etcétera, y de no hacerse así opera el desistimiento de la acción, de acuerdo con el artículo 479 de la Ley Federal del Trabajo, por la morosidad del actor, durante tres meses o más.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 8025/47. Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México. 3 de marzo de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Disidente: Luis G. Corona. Relator: Armando Z. Ostos.
Quinta Epoca:
Tomo XCV, página 2348. Indice Alfabético. Amparo en revisión 7801/47. Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México. 3 de marzo de 1948. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.