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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370784
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 93
PERITOS, NO ES INDISPENSABLE LA PRUEBA DE, TRATANDOSE DE NIVELACION DE SALARIOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 93
La prueba pericial, tratándose de nivelación de salarios, no es necesariamente indispensable para determinar la calidad y cantidad entre las labores de un trabajador, y las de otros, para esclarecer si ambos desempeñan las mismas, porque también, mediante un proceso objetivo, que trate consigo el subjetivo, pueden resolverse si están o no justificados los extremos del artículo 86 de la Ley Federal del Trabajo; por tanto, las Juntas obran correctamente, al tomar en consideración el resultado de la inspección ocular con el fin de darse cuenta de las labores prestadas por el quejoso, y así, objetivamente se percata de tales labores.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6181/46. López Cárdenas Jorge. 4 de octubre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.