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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370789
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 99
SALARIOS CAIDOS A TRABAJADORES DEL ESTADO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 99
La condenación al pago de los salarios caídos a los trabajadores al Servicio del Estado, no es contraria al artículo 13 constitucional, supuesto que no se trata de emolumentos decretados en favor de alguna persona, sin causa legal, sino de responsabilidades específicas del Estado.
Precedentes
Tomo XCIV, página 2234. Indice Alfabético. Amparo directo 8031/46. Jefe del Departamento de Asuntos Indígenas. 1o. de diciembre de 1947. Mayoría de tres votos. Ausente: Roque Estrada. Disidente: Antonio Islas Bravo. Ponente: Luis G. Corona.
Tomo XCIV, página 99. Amparo directo en materia de trabajo 694/47. Secretario de Salubridad y Asistencia Pública. 4 de octubre de 1947. Mayoría de tres votos. Ausente: Roque Estrada. Disidente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.