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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370793
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 106
TESTIGOS, OMISION DE REPREGUNTAR A LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 106
No infringen las Juntas el artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo, cuando le otorgan eficacia probatoria a las deposiciones de unos testigos, aunque no hayan sido repreguntados, sobre las mismas particularidades, por la otra parte, que en el caso fue la demandada.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 555/47. Petróleos Mexicanos. 4 de octubre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.