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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370797
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 113
REVISION INTERPUESTA, EN LO PERSONAL, POR EL REPRESENTANTE DE UNA NEGOCIACION.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 113
No porque la demanda de amparo se presenta ante un Juez de Distrito, por el representante legal de una negociación, quien justifica su personalidad con copia certificada; dicho representante puede interponer el recurso de revisión, sin acompañar documento alguno en que conste su personalidad, como apoderado de la aludida negociación quejosa, pues cuando se procede en tal forma, los promoventes carecen de personalidad para interponer ese recurso de revisión, lo que da lugar a que se tenga por no interpuesto el propio recurso.
Precedentes
Amparo en revisión 4770/45. "Calzado Domit", S. A. 4 de octubre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.