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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370819
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 163
ACUMULACION EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO (LEYES QUE NO SON SUPLETORIAS).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 163
En la Ley Federal del Trabajo los artículo 478, 480 y 482, que fijan los casos en que proceden, y la manera y forma en que deben promoverse y tramitarse, las acumulaciones de los juicios de trabajo, por lo que no es aplicable, supletoriamente, el artículo 72 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4347/46. Ramírez Vera Ambrosio. 6 de octubre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.