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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370822
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 169
LAUDOS, OMISION DE PRUEBAS AL REPONERSE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 169
Cuando en ejecución de una sentencia de este Alto Tribunal, se dicta un nuevo laudo, omitiéndose el estudio de algunas pruebas que debieron analizarse, tal omisión debe reclamarse únicamente mediante el recurso de queja, en los términos de la fracción IX del artículo 95 de la Ley de Amparo, por tratarse de un defecto en la ejecución de la ejecutoria de la Suprema Corte, pero no debe recurrirse en un nuevo juicio de garantías.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4147/45. Perlestein Fortunata. 6 de octubre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.