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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370828
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 207
CLAUSULA DE EXCLUSION.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 207
Si la expulsión de un trabajador se debe a la aplicación de la cláusula de exclusión por el sindicato a que aquél pertenecía, y el sindicato no fue demandado, la junta responsable no estuvo en la posibilidad de resolver si la aplicación de la citada cláusula estuvo o no, fundada en causa legal, y si conforme al contrato colectivo, el patrón está obligado a despedir a los trabajadores miembros del sindicato titular del contrato, que se separen o sean separados del mismo, esa cláusula es válida conforme a los prevenido en el artículo 49 de la Ley Federal del Trabajo, y libra por lo mismo, de responsabilidad, al patrón que, en cumplimiento de ella, despida a un trabajador. Si la aplicación de la cláusula de exclusión es ilegal, no es el patrón quien tenga el derecho de decirlo y debe acatarla, porque los patrones carecen de facultades para resolver si una medida disciplinaria impuesta por un sindicato es o no justificada, pues de lo contrario se les daría injerencia en la organización interna de los sindicatos, lo que es ilegal; de manera que si un obrero no fue oído ni juzgado por el sindicato que le aplicó la cláusula de exclusión, tendrá derecho de demandar al mismo sindicato, su reinstalación, por indemnización constitucional, y por lo mismo, el laudo que absuelve al patrono, no es violatorio de las garantías individuales del trabajador.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7854/46. Torres Miguel. 9 de octubre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.