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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370884
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 449
SALARIOS CAIDOS A TRABAJADORES DEL ESTADO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 449
La condenación al pago de salarios caídos a trabajadores del Estado, no se contraria al artículo 13 de la Constitución Federal, porque no se trata de emolumentos decretados en favor de alguna persona, sin causa legal, sino de responsabilidades específicas del Estado.
Precedentes
Tomo XCIV, página 2337. Indice Alfabético. Amparo directo 3694/47. Jefe de la Policía Preventiva del Distrito Federal. 17 de octubre de 1947. Mayoría de tres votos. Ausente: Roque Estrada. Ponente y disidente: Antonio Islas Bravo.
Tomo XCIV, página 449. Amparo directo en materia de trabajo 3260/47. Jefe del Departamento del Distrito Federal. 17 de octubre de 1947. Mayoría de tres votos. Ausente: Roque Estrada. Ponente y disidente: Antonio Islas Bravo.