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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370916
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 765
ESTATUTO, NO ES SUPLETORIO DEL, EL ARTICULO 553 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 765
Atenta la disposición contenida en la parte final del artículo 107 del Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión, no es aplicable supletoriamente el artículo 553 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 696/47. Secretario de Educación Pública. 28 de octubre de 1947. Mayoría de tres votos. Ausente: Roque Estrada. Disidente: Antonio Islas Bravo. Relator: Mariano Ramírez Vázquez