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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370950
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1191
SALARIO A FERROCARRILEROS, CANTIDADES QUE PERCIBEN POR CONCEPTO DE GASTOS Y QUE NO FORMAN PARTE DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1191
Los cinco pesos que por gastos de alimentos y habitación cubre la empresa a los quejosos, cuando el trabajo que tienen que desempeñar es fuera del lugar de su domicilio, no forman parte del salario que se les cubre en compensación de los servicios prestados; pues tal cantidad de cinco pesos, es como compensación de gastos que pudieran hacer, atentas las condiciones en que tienen que prestar el servicio, y no por el servicio mismo, siendo el salario aquel que señala el tabulador respectivo, en el cual no pueden quedar incluidos aquellos cinco pesos, ni en la fracción XXVIII del capítulo de "salario", del contrato colectivo de trabajo, en la parte donde se expresa que salario es "cualquiera otra cantidad que perciba un trabajador, a cambio de servicios prestados".
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7947/46. Diaz del Castillo Eduardo y coags. 14 de noviembre de 1947. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.