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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370951
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1192
VACACIONES A FERROCARRILEROS, CANTIDADES DE DINERO PERCIBIDAS Y QUE NO FORMAN PARTE DEL PAGO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1192
Los cinco pesos que por concepto de gastos de alimentos y habitación cubre la empresa a los quejosos, cuando el trabajo tienen que desempeñarlo fuera del lugar de su domicilio, no pueden admitirse como involucrados dentro de los salarios correspondientes a vacaciones, porque la cláusula 77 del Contrato Colectivo de Trabajo estipula que "el pago por concepto de vacaciones será el importe de quince días de trabajo a base del salario ordinario que disfrute el trabajador, en el puesto de planta que desempeña, en el momento de disfrutarlas".
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7947/46. Diaz del Castillo Eduardo y coags. 14 de noviembre de 1947. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.