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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370954
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1198
PERITOS, APRECIACION POR LAS JUNTAS, DE LOS DICTAMENES DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1198
La Ley concede a las Juntas, como autoridades juzgadoras, facultades para apreciar libremente, pero conforme a un prudente y sensato criterio, el valor de los dictámenes periciales, que tienen una función ilustrativa sobre las cuestiones que versa, que si bien permiten resolver mejor la controversia, ello no quiere decir que tal función sea decisoria de la existencia de los elementos constitutivos de la acción ejercitada.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5113/46. Petróleos Mexicanos. 14 de noviembre de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.