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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370972
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1402
DESISTIMIENTO DE LA ACCION ANTE LAS JUNTAS, A PROPUESTA DEL REPRESENTANTE DEL CAPITAL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1402
Si el desistimiento de la acción, por falta de promoción en el procedimiento laboral, por más de tres meses, es propuesto por el Representante del Capital, y la Junta no declara el desistimiento, tal resolución afecta a la parte demandada, en sus intereses jurídicos, aunque no haya sido ésta la que hiciera la promoción para que se declarara el desistimiento de la acción; por lo que no es de tomarse en consideración el agravio en el sentido de que se violó el artículo 78 de la Ley de Amparo, al no tomarse en cuenta que no fue la Institución demandada, quien solicitó la caducidad de la instancia.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 9305/46. Petróleos Mexicanos. 21 de noviembre de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.