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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 370983
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1576
PRUEBAS EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO, FORMALIDAD EN EL OFRECIMIENTO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1576
Aunque es cierto que ante las Juntas no exige forma determinada en los escritos, promociones o alegaciones que se hagan, atento los dispuesto por el artículo 440 del Código Laboral, ello no significa que las pruebas puedan ser ofrecidas por las partes, en términos contrarios a ese Ordenamiento o a la Constitución Federal.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9040/46. José María Valles Ventura. 28 de noviembre de 1947. Mayoría de tres votos. Disidentes: Armando Z. Ostos y Antonio Islas Bravo. Ponente: Luis G. Corona.