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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371006
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1743
TRABAJADORES DEL ESTADO, SUSPENSION INDEFINIDA QUE EQUIVALE A CESE DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1743
Si se decreta la suspensión de un trabajador del Estado, del empleo que desempeña, sin señalarse la duración de esa suspensión, esto basta para considerarla como un cese, precísamente desde que se decreta; tal como se ha resuelto, tratándose de trabajadores al servicio de particulares, en que se ha dicho que la suspensión de un trabajador, a la que no se le fije término en el acuerdo respectivo, equivale a una expulsión.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1240/47. Méndez Gay Andrés y coags. 3 de diciembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Armando Z. Ostos. La publicación no menciona el nombre del ponente.