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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371017
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1807
LAUDOS, OMISION EN LA CITA DE PRECEPTOS EN QUE SE FUNDAN LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1807
El laudo reclamado no resulta violatorio de garantías por la simple omisión de la cita de los preceptos en que se funda.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2820/46. Madero Rogelio H. 5 de diciembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca:
Tomo LXXV, página 6557, tesis de rubro "LAUDOS, DEBEN CONTENER LA CITA DE LA LEY APLICABLE.".
Tomo LXXVIII, página 3924, tesis de rubro "LAUDOS, OMISION DE EXPRESION DE PRECEPTOS EN LOS.".
Tomo XCI, página 1298, tesis de rubro "LAUDOS OMISOS EN LA CITA DE PRECEPTOS LEGALES.".